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Miércoles 27/11/2024
 
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Sevilla

Condenado por una agresión en Santiponce seguida de una "venganza"

Un delito que partía de una discusión suscitada entre varias personas y una segunda agresión con el objetivo de "vengar" el primer altercado

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  • Audiencia de Sevilla. -

La Audiencia de Sevilla ha confirmado una sentencia que condena a un varón por un delito de lesiones y a otro hombre más por un delito leve de lesiones, por una agresión acontecida en Santiponce en el marco de una discusión suscitada entre varias personas y una segunda agresión posterior que habría tenido como objetivo "vengar" el resultado del primer altercado.

En una sentencia emitida el pasado 13 de mayo y recogida por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia aborda los recursos de apelación interpuestos contra una sentencia del Juzgado de lo Penal número diez de Sevilla, que condena a un varón a una multa de 1.440 euros como autor de un delito de lesiones y a otro hombre a una multa de 360 euros por un delito leve de lesiones, siéndoles aplicadas a ambos la atenuante de dilaciones indebidas.

En concreto, el Juzgado de lo Penal número diez declaró probado que "sobre las 10,00 horas del día 25 de diciembre de 2014, se inició una discusión por motivos que se desconocen la calle Bécquer de la localidad de Santiponce", en la que participaron el varón condenado por lesiones leves, su hermana y otro hombre más, interviniendo un grupo de personas para mediar en dicha discusión, marco en el cual una de estas últimas personas recibió "varios puñetazos" por parte del condenado por un delito leve de lesiones; "a consecuencia de los cuales sufrió lesiones consistentes en fractura de huesos propios con leve laterronia izquierda, abrasión y contusión en el labio inferior, permaneciendo como secuela una desviación nasal izquierda leve".

"Posteriormente, sobre las 10,25 horas de ese mismo día", el mencionado agresor "caminaba acompañado de su hermana por la citada calle de Santiponce, cuando se encontró" con el varón condenado por un delito de lesiones, quien le "propinó varios golpes en la cabeza y la espalda causándole lesiones consistentes en dolor en el hombro izquierdo, cefalea por agresión y luxación gleohumeral anteroinferior, lesiones que precisaron para su sanidad además de la primera asistencia facultativa, tratamiento médico consistente en reducción cerrada e inmovilización con payr interno".

AGRESIONES "ÍNTIMAMENTE RELACIONADAS"

Frente a los recursos de apelación de ambos condenados, la Audiencia determina que el juzgado "ha valorado la prueba pericial medica, las declaraciones de los acusados en sede de instrucción, el atestado y las declaraciones de los acusados y testigos en la vista oral y ha llegado a una conclusión razonada y razonable", destacando que la sentencia condenatoria inicial detalla que se trata de dos agresiones "que ocurren en dos momentos diferentes, aunque las mismas están íntimamente relacionadas" y que el varón condenado por un delito de lesiones por la segunda agresión habría actuado "para auxiliar e incluso 'vengar' la previa agresión" sufrida por un amigo suyo a manos del primer condenado y víctima de la segunda agresión.

"Consta acreditada una acción violenta de cada acusado/apelante que ha dado lugar, en los términos que señala la sentencia", indica la Audiencia, determinando que "la valoración probatoria se considera ajustada y para nada errónea si tenemos en cuenta la contundencia de las declaraciones", extremo por el cual desestima ambos recursos de apelación y confirma la sentencia condenatoria.

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