Málaga
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El cartero que se apropió de 7.800 euros de tarjetas Carrefour no ingresará en la cárcel
La Audiencia Provincial dicta sentencia de conformidad y le aplica la atenuante de drogadicción y confesión
Los hechos ocurrieron entre diciembre de 2020 y octubre de 2021 en los repartos de Palma Palmilla y Ciudad Jardín
La Audiencia de Málaga ha resuelto en una sentencia por tribunal del jurado condenar a un empleado de Correos a la pena de 15 meses de prisión como autor de dos delitos, uno de infidelidad en la custodia de documentos y otro delito de estafa, que fueron cometidos entre los meses de diciembre del 2020 y octubre de 2021, mientras se aprovechaba de su condición como cartero público con contrato fijo indefinido.
La condena, que ha sido impuesta de conformidad entre el acusado, José Miguel C. N., la Fiscalía y el abogado del Estado, que representó a la Sociedad Correos y Telégrafos S. A., contempla también un delito de violación del secreto del artículo 415 del Código Penal, con una multa de seis meses a razón de una cuota diaria de seis euros (1.080).
Según el relato aceptado, el acusado prestaba sus servicios como cartero en la zona de distribución que le habían asignado en la ciudad de Málaga, y que comprendía calles de los barrios de Ciudad Jardín y Palma Palmilla. Cuando este repartidor postal detectaba que entre las cartas que llevaba eran remitidas por los Servicios Financieros de Carrefour EFC, en las que contenían tarjetas del modelo Carrefour Pass, en vez de entregárselas a sus destinatarios se las quedaba.
Simultáneamente, aquellas tarjetas en cuyas cartas aparecían los números secretos (PIN) para poder operar, las utilizaba para su uso particular. Según la investigación del Juzgado de Instrucción número 11 de Málaga, se contabilizaron por la Policía hasta más de 20 envíos, que le permitieron sacar de cajeros automáticos importes cuya cantidad total apoderada ascendió a 7.799 euros. El perjuicio causado ha afectado a 23 clientes de la cadena de distribución francesa.
INHABILITACIÓN PARA TRABAJAR COMO CARTERO
Para la reducción de las penas, la magistrada que ha dictado la sentencia ha tenido en cuenta como atenuante que el acusado, cuando sucedieron los hechos, era consumidor de sustancia estupefaciente, que le producía "una disminución leve de sus facultades intelectivas y volitivas". Además de reconocer su culpabilidad, el cartero consignó los casi ocho mil euros apropiados para su entrega a los servicios financieros de Carrefour.
Como ha existido reconocimiento de los hechos y una conformidad entre las partes, el tribunal del jurado no se llegó a constituir el pasado 10 de marzo, como tampoco se celebró la vista oral en la Audiencia Provincial. El fallo recoge la suspensión de la condena por un periodo de dos años, supeditada a que el repartidor postal no cometa ningún delito durante esos 24 meses. En caso contrario, la sentencia señala que se revocaría el beneficio de la suspensión carcelaria.
Tampoco podrá ser empleado de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos durante el plazo de cuatro años.
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