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Jueves 05/12/2024
 

Campo de Gibraltar

La Policía Local pone en marcha nuevos controles de alcoholemia

Los niveles permitidos por la Legislación vigente son de 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado para conductores en general, y de 0,15 miligramos para noveles y profesionales del volante, mientras que en el momento de que el índice supere los 0,60 miligramos será considerado delito

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La Policía Local ha puesto en marcha en colaboración con la Dirección General de Tráfico una campaña de prevención del consumo de bebidas alcohólicas entre los conductores mediante la realización de controles, que se prolongará hasta el próximo día 23, según ha informado el teniente de alcalde delegado de Seguridad Ciudadana, Jacinto Muñoz Madrid.

Las pruebas no solo se realizarán en horario nocturno, sino también en horas del medio día, para que los controles resulten también disuasorios de ingestión de bebidas alcohólicas durante las típicas comidas navideñas, y los controles serán llevados en distintos puntos del término municipal, prestando especial atención a los lugares de concentración de locales de ocio.

En el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial se tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos. También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica.

Para estas infracciones muy graves la Ley prevé la sanción de multa de 500 euros y la retirada de puntos correspondiente, según la tasa, que puede llegar hasta los seis en los supuestos más graves.

Los niveles permitidos por la Legislación vigente son de 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado para conductores en general, y de 0,15 miligramos para noveles y profesionales del volante, mientras que en el momento de que el índice supere los 0,60 miligramos será considerado delito, lo que puede acarrear pena de prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

Asimismo, si los agentes observan que hay indicios de haber bebido y el conductor se niega a realizar la prueba, puede ser condenado a de seis meses a un año de prisión, y retirada del permiso de conducir de uno a cuatro años, por lo que desde la Jefatura de la Policía Local se hace especial hincapié en la obligatoriedad que tienen los conductores de someterse a los controles.

Muñoz Madrid señala que en los controles conjuntos que Policía Local y Policía Nacional llevan a cabo en la ciudad en materia de seguridad ciudadana, también habrá especial incidencia en el tema de la alcoholemia.

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