El tiempo en: Granada
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Jaén

UUG recurrirá al TS el auto de sobreseimiento de la supuesta prevaricación del alcalde de La Guardia

Salazar ha expresado su rechazo al auto de la Audiencia Provincial al entender que \"vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva\" de la formación a la que representa

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai Publicidad Ai

El partido Urbanizaciones Unidas de La Guardia (UUG) va a recurrir ante el Tribunal Supremo (TS) el auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén que ha acordado el sobreseimiento de las actuaciones judiciales abiertas por la vía penal contra el alcalde de La Guardia (Jaén), Juan Morillo (PP), por un supuesto delito de prevaricación denunciado por la citada formación, que ejerce como acusación particular en un caso por el que la Fiscalía había llegado a solicitar una pena de siete años de inhabilitación para cargo público contra el regidor.

   Así lo ha confirmado a Europa Press el portavoz de UUG, Luis Salazar, que ha expresado su rechazo al auto de la Audiencia Provincial al entender que "vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva" de la formación a la que representa, motivo por el que acudirá al Supremo para que el procedimiento contra el alcalde pueda continuar.

   Según recuerda el auto de la Audiencia que ahora va a ser recurrido, el procedimiento en cuestión se inició al entenderse que el alcalde había realizado en el año 2010 un contrato con la compañía de suministro de agua Aqualia "aceptando un anticipo o préstamo de 540.000 euros de esta empresa olvidando las formalidades necesarias para su aprobación".

   Para justificar su decisión de sobreseer la causa, el juez que actúa de ponente en el auto, Pío Aguirre, razona que en este caso "es posible que el acuerdo firmado por el alcalde imputado y la empresa Aqualia sea nulo al no haber sido firmado por el Pleno del Ayuntamiento, pero según los informes que están unidos a las actuaciones --secretario del Ayuntamiento, director de Asistencia Financiera a los Municipios, interventor municipal-- esta posible ilegalidad no es evidente, patente, flagrante y clamorosa como exige la jurisprudencia".

   Frente a esos argumentos, el representante de UUG critica que el magistrado "no dice en qué artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se basa para ordenar el sobreseimiento del caso", así como, en su opinión, yerra al señalar que "es posible que el acuerdo firmado (...) sea nulo al no haber sido firmado por el Pleno del Ayuntamiento", porque dicho órgano "en sí no puede firmar nada".

   Con todo, Salazar ha celebrado que el auto reconozca que el alcalde "firmó" un contrato con Aqualia, ya que "hasta ahora la parte acusada había negado siempre" tal extremo, "alegando que había sido una toma de razón o un acuse de recibo", de forma que el reconocimiento de tal firma le servirá para fundamentar su recurso, según ha indicado.

CRÍTICAS AL AUTO DE LA AUDIENCIA

   Para el portavoz de UUG, la Sección Segunda de la Audiencia "ha usurpado en este caso las funciones que le corresponden al tribunal sentenciador", que sería un juzgado de lo Penal, según aclara, ya que, aludiendo a doctrina del TS, "solo al tribunal sentenciador corresponde valorar las pruebas", y con su decisión de ordenar el sobreseimiento de la causa, el máximo órgano judicial de la provincia "priva a las partes acusadoras de que se valoren las pruebas y el caso llegue a juicio".

   En ese sentido, la acusación particular considera que el juez "ha valorado las pruebas", y además lo ha hecho "de una forma subjetiva", sin contar además con que entre esas pruebas figuran un informe del secretario e interventor --la misma persona, según ha puntualizado--, que "está denunciada por falsedad en documento público", un delito que UUG le atribuye y que habría cometido en un acta de Pleno.

   Asimismo, el representante de UUG ha aludido a otro informe "de la Diputación que vino a decir que ese acto --la firma del contrato-- era nulo de pleno derecho por no haberse hecho siguiendo el procedimiento legal y sin las competencias" propias para ello.   

   Por lo demás, Salazar considera además que el juez ponente debería haberse "abstenido" en este caso, ya que, entre otros motivos, fue elegido como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) "a propuesta del PP", partido en el que milita el alcalde de La Guardia, sobre el que "pesan cuatro denuncias que están siendo estudiadas en la Fiscalía y otras tres en juzgados de lo Penal".

   Así las cosas, UUG va a recurrir el auto de la Audiencia en su afán por que se llegue a celebrar un juicio oral por la vía penal que "valore y practique las pruebas" correspondientes y entre "en el fondo del asunto", algo en lo que se habría introducido la Sección Segunda sin tener competencia para ello, a entender de Salazar, que además subraya que el referido préstamo de 540.000 euros "le ha costado al Ayuntamiento unos 96.000 euros solo de intereses" en los últimos años.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN