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Miércoles 27/11/2024
 

Córdoba

El Supremo rebaja de tres años a seis meses de cárcel la condena al exalcalde de Fuente Palmera

En este sentido, aparte de su sueldo, Tubio cobró en el periodo de enero de 1992 a junio de 2003, 591.000 euros en concepto de premios de cobranza correspondiente a los tributos por él gestionados, según recoge la sentencia

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El Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de tres años de cárcel a seis meses la condena impuesta al exalcalde de Fuente Palmera (Córdoba) Antonio Guisado (PSOE) y al exsecretario-interventor del municipio Carmelo Tubio por la supuesta comisión de un delito de falsedad, en relación al nombramiento del segundo como recaudador de la misma localidad pese a resultar incompatible legalmente con su otro cargo.

   En este sentido, aparte de su sueldo, Tubio cobró en el periodo de enero de 1992 a junio de 2003, 591.000 euros en concepto de premios de cobranza correspondiente a los tributos por él gestionados, según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

   En concreto, el Supremo rebaja la condena porque el delito de falsedad no fue cometido por Guisado en su condición de alcalde, por lo que fue "una falsedad cometida por particulares, sin que resulte aplicable la agravante del prevalimiento del carácter público del culpable, porque no hubo acusación al respecto", según detallan fuentes judiciales.

   En cuanto a los delitos de nombramiento ilegal y aceptación de dicho nombramiento, el Supremo absuelve a los dos acusados, porque los delitos habrían prescrito, ya que se cometieron en 1991 y la causa no se dirigió contra ellos hasta el año 2005. El TS también les impone sendas multas de 1.800 euros.

   En relación a los mismos acusados, el Supremo dictó otra sentencia el pasado mes de julio. En ella confirmó dos años de cárcel para el exalcalde de Fuente Palmera Antonio Guisado por supuestamente retirar de la caja municipal dinero en efectivo, que no se reflejaba en la contabilidad, para "su provecho propio --con lo que pagaba viajes, lotería o comidas-- y también para repartir en concepto de préstamo entre numerosos vecinos".

   Según la sentencia, a finales de 2003 la localidad acumuló una deuda de más de diez millones de euros. En este caso, Guisado vio confirmada su condena por delitos continuados de malversación de caudales públicos y prevaricación, y fue condenado a devolver al Ayuntamiento los 18.530 euros que se quedó para él mismo.

   Mientras, la exconcejal María Isabel Ostos fue condenada por los mismos delitos a un año y medio de cárcel y a devolver 10.268 euros; mientras que el exsecretario y exinterventor municipal Carmelo Tubio vio confirmada una pena de tres años de cárcel por malversación.

   Al respecto, el Tribunal Supremo calificó de "insostenible" que el alcalde, un concejal y un secretario de Ayuntamiento recibiesen cantidades en metálico de la Corporación sin necesidad de dar ninguna justificación al menos posterior, y, sobre el dinero dado a vecinos, dice que es una "desviación clara de poder", ya que una administración pública "no puede prestar dinero municipal a algunos vecinos sin sujeción a regla o procedimiento administrativo alguno".

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