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Jueves 05/12/2024
 

España

El Constitucional admite a trámite el recurso de Gobierno vasco contra las nuevas ayudas para parados

A entender del Ejecutivo vasco, los artículos recurridos del 'Programa de Activación para el Empleo "vulneran" competencias autonómicas en materia de Políticas Activas de Empleo, así como del Concierto Económico

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno vasco contra varios artículos del Real Decreto del Ejecutivo de Mariano Rajoy por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo, por el que se conceden ayudas de 426 euros para parados.

   Según recoge el Boletín Oficial del Estado de este jueves, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1571-2015, presentado por el Gobierno vasco, contra varios artículos y disposiciones del Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo.

   El Gobierno vasco aprobó el pasado 3 de marzo, en Consejo de Gobierno, recurrir ante el Tribunal Constitucional el programa de ayudas de 426 euros para parados, al considerar que el hecho de que el Ejecutivo central se asigne la gestión de estas prestaciones supone una nueva "agresión" a las competencias de Euskadi.

   A entender del Ejecutivo vasco, los artículos recurridos del 'Programa de Activación para el Empleo "vulneran" competencias autonómicas en materia de Políticas Activas de Empleo, así como del Concierto Económico.

   Este programa, que regula las ayudas de 426 euros para facilitar la reinserción laboral a desempleados de larga duración, atribuye al Servicio Estatal de Empleo Público (SEPE), la financiación, gestión y pago de esta prestación. También asigna al SEPE la capacidad de reconocer o denegar el derecho de las personas potencialmente beneficiarias de la misma.

   El Gobierno vasco considera que esta ayuda "no tiene naturaleza de una prestación por desempleo o de otro tipo de prestación de la Seguridad Social", sino que es un "incentivo" de fomento del empleo "que se incluye en el ámbito material de la competencia de Políticas Activas de Empleo transferida a Euskadi en 2010".

   Por ese motivo, estima que es el Servicio Vasco de Empleo-Lanbide el que "tiene que decidir al respecto y financiarse de acuerdo al sistema de Concierto Económico".

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