La Audiencia de Sevilla ha acordado la apertura de juicio para el expresidente del Real Betis Manuel Ruiz de Lopera y otros siete acusados por la descapitalización de la entidad deportiva en beneficio de las sociedades que él controlaba.
En julio pasado, la Audiencia confirmó el procesamiento de Lopera por los delitos de apropiación indebida y el delito societario y cifró, tras la información facilitada por los peritos, en 24,9 millones de euros el perjuicio que ocasionó al Betis.
Para causar ese perjuicio, Lopera "diseñó, en perjuicio de la sociedad y en su propio beneficio", las operaciones que le llevarían a obtener a través de Farusa, empresa de su propiedad, la mayoría absoluta del capital social a pesar de no desembolsar un importante paquete de acciones, explica la Audiencia.
Tras conseguir el poder de decisión, Lopera "decidió gestionar privadamente los recursos de la actividad deportiva del club, privando al resto de los accionistas del conocimiento sobre dicha gestión", según dijo la juez Mercedes Alaya, que instruyó el caso, y mantuvo la Audiencia.
Para ello, cedió a otra de sus empresas, Tegasa, la totalidad de los ingresos que percibiera el Betis derivados de su actividad deportiva a cambio de una cantidad fija o variable, según las temporadas.
Los magistrados de la sección primera de la Audiencia han ratificado los procesamientos de Lopera y de otros ocho imputados por los delitos relacionados con la apropiación indebida y el delito societario, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Los jueces consideran que la instrucción de esta causa ha concluido y que no es necesario practicar nuevas diligencias ni dar marcha atrás al proceso.
La Fiscalía había solicitado la conclusión del sumario, la apertura de juicio oral respecto de cuatro de los procesados y el sobreseimiento de los procesados Francisco Javier Páez Ruiz, Ana María Ruiz Peña, Ángel Guillermo Marín Vega y el ex consejero delegado Luis Oliver Albesa.
En el auto notificado hoy, la Audiencia pide a las cinco acusaciones y las ocho defensas que presenten la calificación jurídica en la que señalen los posibles delitos y la pena que solicitan.
A partir de ahora, otra sección de la Audiencia será la que juzgue a los imputados y determine si hay delitos prescritos y si existe o no el denominado delito masa, una modalidad agravada del delito continuado.
El auto señala que el Código Penal define el delito masa como aquel con un plan preconcebido que persigue, desde el inicio, dirigir la acción contra una pluralidad indeterminada de personas sin vínculo entre ellas y de cuyo perjuicio individual pretenden obtener los sujetos activos, por acumulación, un beneficio económico muy superior.
El acuerdo de la Audiencia para enjuiciar a Lopera y a los otros imputados se solicitó por la Fiscalía, el Real Betis Balompié SAD, la Asociación Por Nuestro Betis, la Asociación Liga de Juristas Béticos y la Asociación Béticos por el Villamarín.
El abogado de Lopera, por su parte, pidió la revocación del auto de conclusión del sumario y que se ratificara el informe pericial que presentó el expresidente bético.
En este sentido, la Audiencia señala que ese informe no aporta aspectos fácticos sino criterios que auxilian a los jueces, por lo que concluye que "no resulta imprescindible" su ratificación en sede de instrucción para declarar concluido el sumario.
Por ello, la Audiencia señala que su ratificación "adquiere trascendencia en su caso en el acto del juicio oral, en el que rige el principio de inmediación, y que se desarrolle ante el órgano que debe valorar dicho informe".
En la resolución judicial se apunta que la rendición de cuentas que deben presentar los administradores judiciales sí que será resuelta por la sección primera de la Audiencia de Sevilla.