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Miércoles 27/11/2024
 
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Sevilla

Archivan una denuncia contra un policía por boletines de infracción

La Audiencia zanja que los boletines de denuncia "no son resoluciones" como tal y podrán "ser atacados" en vía administrativa

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha desestimado un recurso de apelación promovido por una ciudadana, contra la decisión previa de un juzgado a la hora de archivar la denuncia por presunto delito de prevaricación que había formulado esta mujer contra un agente de la Policía Local hispalense, al atisbar "arbitrariedad" en dos boletines de denuncia emitidos en su contra por infracciones de tráfico en la estación de trenes de Santa Justa.

   En su sentencia, dictada el 21 de abril y recogida por Europa Press, la Audiencia Provincial analiza el recurso promovido por una ciudadana contra un auto previo del Juzgado de Instrucción número 17 de Sevilla, que resolvía el archivo de la denuncia impulsada por esta mujer contra un agente de la Policía Local de Sevilla, por un presunto delito de prevaricación.

   Las acciones judiciales de esta ciudadana derivaban de dos boletines de denuncia que le fueron impuestos por el agente en 2014 en el entorno de la estación ferroviaria de Santa Justa, entendiendo esta vecina que había "existido una resolución injusta dictada de forma arbitraria", por lo que atisbaba un presunto de prevaricación por parte de este funcionario respaldado de su lado por el Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme).

DENUNCIA ARCHIVADA

   No obstante, el Juzgado de Instrucción número 17 de Sevilla archivo su denuncia en marzo de 2015, rechazando en julio de ese año el recurso de reforma promovido por esta mujer contra el archivo provisional de dicha denuncia.

   Finalmente, la aludida elevó el asunto a la Audiencia Provincial, al seguir entendiendo que los hechos habían implicado "una conducta penalmente reprochable que califica como constitutiva de un delito de prevaricación". Sin embargo, la Audiencia provincial expone que "la extensión de dos boletines de denuncia por infracción de tráfico no son propiamente resoluciones", con lo que "las irregularidades denunciadas por la expedición de las denuncias no determinan la existencia de un delito de prevaricación".

   "Los boletines de denuncia, como su propio nombre indican, son denuncias que determinaran el inicio de un expediente administrativo, pero en modo alguno se tratan de resoluciones administrativas", recuerda la Audiencia Provincial.

   El tribunal, en ese sentido, argumenta que "la lamentable falta de entendimiento o empatía entre la ciudadana y el agente de  Policía Local, en orden al comportamiento desplegado por la misma, (al acceder por confusión a una zona autorizada sólo para determinados vehículos), que determinó la extensión de dos boletines de denuncia por parte del agente deberá y podrá ser atacada en la correspondiente vía administrativa", pero "los referidos boletines de denuncia no son resoluciones y por tanto no podemos hablar del elemento normativo del tipo, cual es la ilegalidad patente
de una resolución administrativa, amén de ostentar el carácter de arbitraria, con vulneración de los principios constitucionales, y tratarse de una resolución injusta, para que se pueda hablar de delito de prevaricación".

   Así, y finalmente, la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de apelación de esta mujer, confirmando el archivo inicial de la denuncia ya dictado por el Juzgado de Instrucción número 17 de Sevilla.

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