La Comisión Provincial de Patrimonio, celebrada a finales de agosto, ha indicado al Ayuntamiento de Almería la obligatoriedad de mantener el arbolado existente en la Plaza Vieja ante la existencia de dos artículos en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que "establecen el deber de protegerlo y conservarlo".
Así lo ha indicado la Junta en una nota en la que apunta que, por otra parte, se ha autorizado la modificación de una ficha del Catálogo de Edificios y Espacios Protegidos que posibilita no tener que completar el anillo interno de arbolado con árboles de la misma especie y porte en las obras de remodelación de la Plaza Vieja, de forma que el Consistorio no estaría obligado a replantar una hilera de ficus dispuesta frente a la fachada principal del ayuntamiento una vez concluyan las obras.
El pronunciamiento de la Comisión Provincial de Patrimonio interfiere en los planes municipales para este espacio, en el que se había proyectado una plaza diáfana en la que, además de ejecutar un traslado del monumento a los Mártires por la Libertad 'Los Coloraos', se pretendía transplantar los ficus existentes.
La Comisión de Patrimonio entiende que la modificación propuesta por el Ayuntamiento se limita a suprimir la obligación de completar en la remodelación de la Plaza Vieja el anillo arbolado que discurría de forma paralela a la fachada principal de la Casa Consistorial y que actualmente no existe.
Teniendo en cuenta la propuesta de modificación de la ficha número 7 del Catálogo de Edificios y Espacios Protegidos del PGOU, la situación de la Plaza de la Constitución en el Conjunto Histórico de Almería y en el entorno del BIC de la Iglesia Convento de Santa Clara y las normas urbanísticas municipales contenidas en los artículos 6.122.1 y 9.62.1 del PGOU, "ni la Comisión de Patrimonio ni la Delegación de Cultura pueden autorizar la eliminación en esta ficha de la obligación de conservar el arbolado existente en esta plaza".
En concreto, el artículo 6.122.1 del PGOU de la capital señala que "el arbolado existente en el espacio público, aunque no haya sido calificado zona verde, deberá ser protegido y conservado" de modo que "cuando sea necesario eliminar algunos ejemplares por causa de fuerza mayor imponderable, se procurará que afecten a los ejemplares de menor edad y porte".
Por otro lado, destaca la comisión que en el artículo 9.62.1 se añade que "las intervenciones que se realicen sobre los espacios urbanos incluidos en el Catálogo de Elementos Protegidos que acompaña al presente plan, deberán mantener la estructura básica de los mismos, los elementos del mobiliario urbano singularizados en el catálogo y el arbolado existente".