Un cirujano estético ha sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Málaga al pago de una indemnización de 30.702 euros al estimar parcialmente la demanda interpuesta al facultativo que siguió el posoperatorio por Whatsapp.
La demanda se estima parcialmente por funcionamiento anormal de los servicios médicos de dicho cirujano que operó a una mujer de 51 años en un hospital de Madrid de una mastopexia vertical (técnica de elevación de pecho) implantando unas prótesis distintas a las presupuestadas.
El mismo día de la intervención la paciente presentó un sangrado en la mama izquierda sin que este hecho alertara al médico demandado, que le dio el alta al día siguiente con antibiótico y analgésico para el dolor, según la sentencia, facilitada por la asociación "El Defensor del Paciente".
La afectada es madrileña y la demanda se presentó en Madrid, pero la derivaron a los juzgados malagueños ya que el cirujano tiene su residencia en Málaga.
La letrada Julia García Domínguez, de los Servicios Jurídicos del "El Defensor del Paciente", ha indicado que una vez dada de alta, el demandado se marchó de vacaciones no siendo sustituido por ningún cirujano.
El servicio de enfermería y el médico se negaron a hacerle las curas posteriormente al comprobar que la zona se estaba necrosando y las curas ya no eran las habituales.
Según la letrada, todo el posoperatorio fue tratado a través de Whatsapp, indicando el médico a la paciente que se efectuase ella misma las curas mediante pinchazos superficiales con aguja intramuscular por lo que la mujer acudió a su médico de familia, quien la remitió de manera inmediata al Hospital de Getafe.
La afectada presenta asimetría por necrosis, ptosis secundaria, cicatrices antiestéticas que precisan de corrección quirúrgica y reconstrucción del pezón además de haber necesitado psicoterapia por el estado de ánimo y ansiedad motivado por su situación derivada de la intervención.