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Jueves 07/11/2024
 

Almería

Absuelto de prevaricación el exalcalde de Zurgena y actual edil de Obras Públicas

La sentencia ve "controvertida" la calificación de "no urbanizable" del suelo sobre el que se construyeron cinco viviendas

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El Juzgado de lo Penal número 4 ha absuelto al exalcalde de Zurgena (Almería) y actual edil de Obras Públicas, Cándido Trabalón (PA), así como al resto de los nueve procesados por la construcción de cinco viviendas en el paraje de El Cucador, al considerar que no ha quedado acreditado el "carácter no urbanizable" de las parcelas sobre las que se levantó la promoción ni que los exintegrantes de la corporación municipal otorgasen licencias "a sabiendas" de que eran supuestamente injustas.

   En la causa estaban acusados por presuntos delitos de prevaricación administrativa y contra la ordenación del territorio, además de Trabalón, seis exconcejales de PA, PSOE y PP, así como el promotor de la obra, José Torrecillas Cortés, el director técnico, José María Urrea Mira, y el técnico municipal Francisco Salvador Granados. Para los cargos públicos y empleado municipal, la Fiscalía interesaba ocho meses de prisión y siete años de inhabilitación mientras que para los otros dos procesados solicitó 24 meses de prisión e inhabilitación por dos años.

   La jueza indica en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que resulta "cuando menos controvertida" la calificación del suelo y hace referencia a las discrepancias de las testificales en sala de los técnicos de la Junta de Andalucía y del exdelegado provincial de Vivienda y Ordenación del Territorio Luis Caparrós, que "reconoció que la propia Consejería había promovido la construcción de viviendas en el núcleo de La Alfoquía".

   Por contra, los citados técnicos autonómicos aseguraron que, ante la inexistencia de una norma de planeamiento en Zurgena que "expresamente delimite y declare urbanizable" el suelo conocido como 'El Cucador', estas parcelas "debían ser consideradas no urbanizables", una opinión que, según subraya el fallo, "no es compartida por los expertos en la materia", en alusión a los peritos de la defensa que comparecieron en la vista oral, ni por resoluciones dictadas en la vía contencioso-administrativa.

   Así, recoge en los fundamentos de derecho la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Almería de fecha 14 de noviembre de 2011, aportada por los letrados de los acusados, en la que, en un supuesto "análogo" al enjuiciado aunque en este caso en el municipio de Sorbas, se consideran "conformes a derecho" las licencias municipales concedidas para la construcción de viviendas en el municipio sorbeño de La Mela.

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