El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en nueve años la pena de 44 años impuesta al hombre de 37 años que, en febrero de 2011, asesinó a martillazos a su pareja y a uno de los hijos de ella al considerar que no existió ensañamiento en el ataque, que sí reconoce fue "brutal" ya que fue "más allá" de lo "necesario" para provocar la muerte de las víctimas.
El Alto Tribunal indica que la noción legal de ensañamiento no coincide con la "concepción popular" del mismo y recuerda que hace referencia a la "pretensión de hacer aumentar el sufrimiento", por lo que, según remarca, los argumentos dados por el jurado popular que declaró culpable a M.S. para apreciarlo "no parecen convincentes a esta sala".
En concreto, en su resolución, hecha pública este viernes, la sala de lo Civil y lo Penal sostiene para rechazar esta agravante que no quedó probado que las agresiones se prolongasen en el tiempo y no existe, por tanto, "soporte suficiente como para inferir que el número de golpes persiguió la finalidad de hacer sufrir a las víctimas más de lo necesario, siendo perfectamente verosímil que persiguiera la contundencia de las agresiones y, precisamente, la inmediatez de la muerte".
Señala, en esta línea, que el hecho de que la mujer, C.C.T., de 44 años, hubiese "tragado cantidad de sangre" y que el acusado, tras los golpes dados al hijo de ella, de 22 años e identificado como A.M.C., utilizara un cable euroconector para asfixiarlo, "no revela en el ánimo del concenado la intención de hacerles sufrir".
La Audiencia Provincial de Almería le condenó a penas que suman 44 años de prisión por asesinar a martillazos a ambos en el domicilio familiar de Roquetas de Mar (Almería) y, posteriormente, huir a Barcelona, donde se entregó un día después del crimen en la Comisaría de la Policía Nacional de Cornellá de Llobregat.
Un jurado popular le declaró culpable por unanimidad de dos delitos de asesinato al considerar probado que "dio muerte de manera sorpresiva y sin posibilidad de defensa" a C.C.T. y, a continuación, a su hijo A.M.C. "aumentando de forma deliberada su dolor y sufrimiento" de ambas víctimas.
MÁS DE UNA VEINTENA DE MARTILLAZOS
La sentencia de la Sección Segunda, de la que fue ponente el magistrado Juan Ruiz-Rico, se avino en su fallo a la penas de 22 años de cárcel por cada uno de los crímenes que interesó el fiscal tras la lectura en audiencia pública del veredicto frente a los 25 años solicitados por la acusación particular y los doce años que pidió la defensa para su patrocinado.
La condena aplica la atenuante de confesión y la agravante mixta de parentesco que sí estimó el jurado popular, que, no obstante, se mostró por unanimidad desfavorable a la concesión del indulto total o parcial para M.S., quien deberá indemnizar con 200.000 euros a los padres de la mujer, con otros 200.000 euros a la hija y hermana de las víctimas, y con 100.000 euros al padre de A.M.C.
El procesado, de nacionalidad marroquí, mantuvo una discusión en la tarde del 3 de febrero con su compañera en el domicilio familiar en el que residían en Roquetas de Mar por "problemas existentes con el hijo de ella". A las 16,30 horas, "aprovechando" que ella se encontraba "echada en el sofá", fue al dormitorio y cogió una de sus herramientas de trabajo. A continuación, según subraya el fiscal, volvió a la sala y, sin que la víctima se diera cuenta y pudiera ejercer algún tipo de defensa, empezó a darles "golpes en la cabeza" con un martillo.
C.C.T. recibió al menos 16 impactos, de los que ocho fueron mortales de necesidad y le causaron la muerte de manera "inmediata" al "destruir centros nerviosos". Una hora después del primer crimen, M.S. esperó a que el hijo de 22 años de su compañera regresase a casa y, con la intención de acabar con su vida, le abordó en el comedor de la vivienda y, "sin darle tiempo a nada y de forma sorpresiva", intentó asfixiarle usando para ello "un cable".
A.M.C. consiguió "zafarse" en un primer momento y "forcejeo" con su agresor pero entonces M.S. asió el martillo y comenzó a golpearle en la cabeza. Recibió once heridas contusas, seis de ellas mortales de necesidad ya que le provocaron varias "fracturas craneales". En el caso del joven, procedió además a "estrangularle con un cable de euroconector".