Tramo autonómico de hidrocarburos

Publicado: 10/10/2024
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Nertis

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Juan Bautista, abogado en Nertis ETL Global, nos habla de la última sentencia contra el tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos
Nuevo castigo para nuestras Arcas Públicas. Acaba de declararse la nulidad del denominado tramo autonómico del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos, sucesor del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (vulgarmente conocido como “céntimo sanitario”). Desgraciadamente se da cumplimiento al refranero español que reza que el hombre es el único animal que tropieza dos veces en la misma piedra. Y ese hombre es Don Cristóbal Montoro Romero, ex ministro de Hacienda del Partido Popular en los tiempos del Presidente Rajoy.

Él fue quien diseñó el “céntimo sanitario”. Él fue quien lo derogó viendo su próxima declaración de nulidad por falta de conformidad con la normativa europea y él fue quien ideó el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos.Él fue el que tropezó dos veces con la misma piedra.

Y para esta maniobra legislativa, no hizo otra cosa que, como no quería prescindir de estos ingresos, la misma carga fiscal que tenía el céntimo sanitario la trasladó como un tramo más en el Impuesto sobre Hidrocarburos, modificando la estructura de éste, dándole la oportunidad a las Comunidades Autónomas para que pudieran establecerlo con una horquilla que contenía un mínimo y un máximo. Hubo Comunidades Autónomas que no lo establecieron y otras que sí, y dentro de ellas, unas con mayor importe que otras. Esto dio lugar a lo que se denominó “regionalización del impuesto”, que es precisamente ahora la causa que ha determinado, de nuevo, su ilegalidad, pues la norma europea no permite que haya tipos impositivos diferentes por regiones, ano ser que haya diferencias por razones de la calidad del producto o por el uso del mismo. Esto ha provocado el fenómeno conocido como “efecto frontera”, causando perjuicios notables en estaciones de servicio situadas en territorios donde existía este tramo frente a otras situadas en territorios donde no existía, pues lógicamente el consumidor acude a la estación de servicio en la que el precio esté más barato.

De nuevo el Estado español tendrá que afrontar devoluciones millonarias a quienes, indebidamente, han soportado y satisfecho esta carga impositiva declarada ilegal. Ya ha resuelto nuestro Tribunal Supremo los recursos planteados determinando quién o quiénes tienen derecho a solicitarlo y obtenerlo, y cuál o cuáles son los procedimientos en los que podrán hacer efectivos estos derechos de devolución. Ahora queda poner en marcha todos estos procedimientos para que la AEAT devuelva lo que no le corresponde.

 

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