Comienza en la Audiencia el juicio contra el ex edil Rafael Rubio (PP)
El Ministerio Fiscal solicita penas de cinco años de cárcel y ocho de inhabilitación para empleo o cargo público para él y el ex gerente de Emulisan
Según el escrito de calificación fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, el diciembre de 2002, cuando era alcalde de la localidad y presidente de Emulisan Juan Rodríguez (PP), se contrató a Barrios como gerente de la empresa municipal. En el contrato se pactó la facultad por parte del Ayuntamiento de rescindirlo unilateralmente, aunque notificándolo al trabajador tres meses antes. El incumplimiento de este apartado daría derecho al perjudicado a recibir una indemnización equivalente al salario correspondiente al periodo de tiempo incumplido.
De la misma manera, el contrato fijaba para el caso de que el Consistorio usase dicha cláusula de desistimiento, la obligación de indemnizar al empleado con 30.000 euros. La misma indemnización se estableció para el caso de extinción del contrato de trabajo por despido declarado improcedente o nulo, para el caso de no haber acuerdo entre las partes para la readmisión.
El escrito del fiscal recoge que en julio de 2006, el exedil acusado, que era vicepresidente de Emulisan, manifestó a Barrios que fuese preparando su despido porque el equipo de gobierno había decidido prescindir de él. Detalla la Fiscalía que hizo esto al margen del Consejo de Administración, que es el único con competencia en materia de despidos.
Así, tras una negociación de tres meses, "con el ánimo de apoderarse de caudales públicos", se firmó por parte de Rubio y de Barrios un acuerdo de conciliación redactado por Barrios en el que se estableció que, además de abonarle las cantidades debidas por su trabajo, se entregaría una indemnización de 100.000 euros, "contraviniendo conscientemente" lo establecido en el contrato, que la fijaba en 30.000.
Según detalla, una vez que se hizo efectivo el despido y se ingresaron las cantidades indebidamente pactadas en la cuenta de Barrios, Rubio comunicó el despido al Consejo de Administración de Emulisan, el cual ratificó dicho despido, si bien decidió reclamar a Barrios las cantidades recibidas indebidamente, no atendiendo el mismo a los diversos requerimientos que le fueron realizados.
El Ministerio Fiscal considera que los hechos descritos son constitutivos de un delito de prevaricación y de otro de malversación de caudales públicos, del que serían autores materiales y directos los dos acusados. Así, pide una pena de cinco años de cárcel y ocho de inhabilitación especial para empleo o cargo público, e inhabilitación absoluta por diez años. Finalmente, en el ámbito de responsabilidad civil, propone que indemnicen conjunta y solidariamente a Emulisan en la cantidad de 70.000 euros.
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