arcos | La recaudación de tributos municipales que gestiona Diputación en Arcos alcanzó en el año 2020 unos ingresos de 16,1 millones de euros, una vez sumadas las liquidaciones en periodo voluntario y las obtenidas por vía ejecutiva. Este índice supera los resultados de los ejercicios de 2019 y 2018, “a pesar de las dificultades que se desencadenaron en todos los ámbitos cuando sobrevino la pandemia”. Estos datos y las valoraciones fueron expresados por el responsable del área de Servicios Económicos de Diputación, Juan Carlos Ruiz Boix, en el curso de un encuentro celebrado con el alcalde de Arcos, Isidoro Gambín. En el balance se confirma “el cumplimiento y responsabilidad de los contribuyentes”.
En casi todas las figuras impositivas se alcanza un grado de ejecución que supera el 80 por ciento de las listas cobratorias; en la mayor fuente de ingresos, el IBI urbano, este índice ronda el 85 por ciento. Diputación, tras la declaración del estado de alarma de marzo de 2020, decidió mantener los anticipos que se habían programado desde comienzos del año. Las transferencias mensuales, conforme a las estimaciones de ingresos previstos, se libraron sin incidencias y sin alterar los importes calculados.
Al cierre del ejercicio el Ayuntamiento de Arcos ingresó 14 millones de euros por este concepto. Como finalmente la recaudación efectiva ha superado a la prevista, la liquidación de 2020 es favorable para la hacienda arcense; de hecho Diputación, conforme a este saldo positivo, transferirá 923.000 euros a las arcas municipales para cerrar el último año fiscal. Arcos presenta una estructura de ingresos muy estable “gracias sobre todo a la implicación de sus vecinos”, ha manifestado Ruiz Boix. De hecho, los recibos domiciliados generaron unos ingresos de 5,1 millones de euros (el mayor importe de los últimos cinco años) y son 852 los contribuyentes de este municipio que han concertado planes personalizados de pago para cumplir con sus obligaciones tributarias.
El citado servicio decidió en 2020 ampliar los calendarios fiscales en tres ocasiones sin recargos ni intereses; se flexibilizaron los criterios para fraccionar el pago de deudas; y no se cobraron cuotas de operaciones fraccionadas durante el estado de alarma. En estas circunstancias los medios telemáticos de Recaudación, como la sede electrónica o la aplicación DipuPay, demostraron ser instrumentos solventes para la liquidación de obligaciones tributarias.