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Miércoles 06/11/2024
 

Chiclana

Hubo ensañamiento en el asesinato del taxista de Chiclana

El TSJA ratifica la condena a 21 años de cárcel para Emilio José Real por acuchillar y degollar a su víctima con el «firme y decidido propósito» de causarle la

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  • Emilio J. Real detenido -

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que, tras un juicio con jurado, condenaba a 21 años de prisión a un hombre por el asesinato, con los agravantes de alevosía y ensañamiento, de un taxista de Chiclana de la Frontera (Cádiz) en septiembre de 2013.

Según consta en la sentencia del TSJA, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala desestima el recurso interpuesto por el condenado, en el que solicitaba la eliminación de la agravante de ensañamiento y que se le impusiera la pena de 17 años y seis meses de prisión.

El fallo de la Sala recoge que la sentencia examinada declara probado no sólo que el acusado le asestó cuatro puñaladas a la víctima con el propósito de acabar con su vida, sino que "la agresión fue más allá de lo necesario para causar la muerte, aumentando de esa forma el sufrimiento de la víctima", de 44 años de edad, por lo que ha desestimado el recurso.

Según detalla, el condenado ejerció la profesión de taxista durante dos años y medio en la localidad gaditana de Chiclana de la Frontera, pero fue despedido por los conflictos que generaba y, como consecuencia de ello, mantenía malas relaciones con el resto de sus compañeros.

La sentencia señala que en la madrugada del 4 de septiembre de 2013 el condenado pidió el servicio de un taxi y, al detenerse en una zona carente de alumbrado, apartada y poco poblada, "de forma sorpresiva, sacando el cuchillo que llevaba consigo, se abalanzó sobre el taxista que no pudo defenderse y, con el fin de causarle la muerte, le asestó varias puñaladas".

Posteriormente, valiéndose de la misma arma y cuando la víctima se encontraba en el suelo, el acusado, tras tantear en dos ocasiones el cuello de la víctima ocasionándole sendas heridas, "procedió al degüello de éste que no fue mortal por no seccionar el paquete vascular y afectar tan sólo a la membrana tiroidea".

Al no querer dejar el cuerpo en el lugar y ante la aparente muerte del mismo, el acusado "decide cargarlo en el coche y, debido a la estrechez del carril, pasa por encima del cuerpo de la víctima --creyéndolo muerto-- con el coche con la única finalidad de cargarlo en el vehículo y transportarlo".

El condenado fue sorprendido por la Guardia Civil en Conil de la Frontera con el cadáver de la víctima oculto en el maletero, asegurando en ese momento que había sido "en defensa propia".

Como se recordará, además de a la pena de cárcel, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó al acusado a indemnizar en la cantidad de 172.000 euros a la hija de la víctima por daños morales, y en 9.557 euros a la madre del fallecido.

Así, el TSJA también ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la madre de la víctima, aumentando la indemnización que fijaba la Audiencia a 15.000 euros.

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