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Miércoles 27/11/2024
 
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España

El juzgado de Elpidio Silva recupera la investigación contra Blesa

El tribunal destaca que las normas de reparto tienen como objetivo la asignación "ordenada y equitativa" de los asuntos y constituyen una "cuestión gubernativa", que está al margen de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el Código Penal

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  • Blesa -

El titular del Juzgado de Instrucción número 9, Elpidio José Silva, seguirá apartado de la investigación abierta por la compra del City National Bank de Florida por parte de Caja Madrid al inhiberse tras haber sido recusado por la defensa del ex presidente de la entidad, Miguel Blesa. Así pues, será el juez que le sustituye de forma natural el que se encargue de la instrucción de estos hechos, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

    La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado devolver las diligencias abiertas por la adquisición del banco estadounidense al Juzgado de Instrucción número 9, pero al haberse abstenido su titular, Elpidio José Silva, será su colega del Juzgado 36, Juan Antonio Toro, el que asuma este proceso.

   La Sección 17 de la Audiencia de Madrid ha confirmado que es el juzgado de Instrucción número 9 el encargado de investigar la compra del banco con sede en Miami argumentando que esta decisión ya fue adoptada por el juez decano y es "inmodificable" por devenir del órgano competente.

   En un auto, al que tuvo acceso Europa Press, la Sección 17 de la Audiencia Provincial pone fin así al conflicto que se había suscitado entre el Juzgado de Instrucción número 19 y el Juzgado de Instrucción número 9 sobre cúal era el órgano competente para hacerse cargo de las diligencias abiertas por la adquisición del banco estadounidense por parte de Caja Madrid.

   El auto sitúa este conflicto en el "estricto ámbito de la aplicación de las normas de reparto" y precisa que no se trata propiamente de una cuestión jurisdiccional de competencia puesto que no se ha apreciado una "conexidad delictiva" entre la compra del banco de Florida y otra investigación que fue abierta por el Juzgado de Silva contra Blesa por el crédito de 26,6 millones de euros concedido al ex jefe de la patronal Gerardo Díaz Ferrán.

   Dicho esto, el tribunal destaca que las normas de reparto tienen como objetivo la asignación "ordenada y equitativa" de los asuntos y constituyen una "cuestión gubernativa", que está al margen de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el Código Penal.

   Sostiene que la Ley Orgánica del Poder Judicial otorga esta decisión de carácter gubernativo al juez decano, que ya resolvió devolviendo la instrucción al Juzgado de Instrucción número 9 del que es titular Silva, "sin que pueda corresponder en modo alguno a este tribunal por la vía del planteamiento de la cuestión de competencia, someter a revisión una decisión gubernativa para lo cual no está facultado".

   El auto, del que ha sido ponente la magistrada María Jesús Coronado, remarca que esta decisión es "en todo caso inmodificable" porque emana del órgano competente y "no puede más" que constatar la competencia del Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid para que prosiga así la tramitación de las diligencias abiertas por la compra del banco con sede en Miami.

   En todo caso, la resolución recuerda que las partes siempre pueden hacer uso del "instituto de la recusación" si consideran que peligra su derecho a tener un juez imparcial y un proceso con todas las garantías. Blesa ya recusó al juez Silva tanto en la causa por el crédito como por la adquisición del City National Bank.

   "Decisión que en modo alguno comporta consolidar el peligro de que pudiesen producirse situaciones de elección del juez para la tramitación de la causa por alguna de las partes, como parece que constituyó una inquietud en este caso en concreto, en cuanto que el derecho al Juez natural predeterminado por la Ley cuenta con una vertiente objetiva que es el derecho al Juez-órgano y también con otra subjetiva, que es el derecho al Juez-persona, vertiente ésta última que se instala más en el derecho fundamental al proceso con todas las garantías y al juez imparcial, estando ello salvaguardado siempre a través del instituto de la recusación, como correctivo legalmente establecido para evitar cualquier quiebra de la imparcialidad judicial", señala.

LA CAUSA REBOTÓ DE UNA INSTANCIA A OTRA

   El tortuoso recorrido que ha tenido durante dos meses la causa del City National Bank se desató después de que otra sección de la Audiencia de Madrid considerara el pasado junio que existen razones para investigar esta operación de compra y que Silva debió enviar a reparto la denuncia de Manos Limpias que recibió sobre estos hechos. El sindicato pide que se investigue un posible delito societario en la compra que costó 1.134 millones de dólares, equivalente a 860 millones de euros.

   Conforme a esta resolución, la jueza que sustituía a Silva al frente del Juzgado de Instrucción número 9 envió el pasado septiembre las diligencias a Decanato para su reparto. La causa recayó en su colega del Juzgado número 19, cuyo secretario la volvió a enviar al Juzgado de Silva al entender que le correspondía por antecedentes.

   Al volver a recibir la causa, el Juzgado de Silva planteó una cuestión de competencia ante Decanato. Y el juez decano dictó un acuerdo gubernativo confirmando el decreto que anteriormente había emitido su secretario judicial en el que se remitían de nuevo a Silva las actuaciones sobre el banco de Florida.

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