Interior dice tener informes que prueban la pertenencia a ETA de las víctimas del GAL a las que ha retirado las ayudas

Publicado: 05/08/2014
Amaiur denuncia que son \"invenciones\" o \"justificaciones no probadas judicialmente\" y exige sentencias firmes
El Ministerio del Interior justifica su decisión de retirar la indemnización a 46 víctimas del GAL y otros grupos como el Batallón Vasco Español alegando que cuentan con "informes" que prueban de forma "suficiente" su "pertenencia" a ETA. En una respuesta parlamentaria escrita a la que ha tenido acceso Europa Press, el Departamento que dirige Jorge Fernández Díaz defiende por tanto su decisión de retirarles las ayudas ya que no cumplen con todos los requisitos exigidos para ello.

   "La pertenencia a la organización terrorista ETA u organizaciones vinculadas, en estos casos, se encuentra probada de forma adecuada y suficiente mediante los informes correspondientes, que acreditan la pertenencia a organización terrorista y que constituyen una prueba documental, de carácter oficial y emitida por órgano competente en función de la materia y perfectamente admisible en dichos procedimientos", dice el Ejecutivo en su respuesta a Amaiur.

   La coalición abertzale preguntaba al Gobierno acerca de las razones para retirar estas ayudas, una decisión que fue anunciada por el propio ministro en el Congreso de los Diputados el pasado mes de abril. Amaiur denuncia que estas víctimas están "legalmente reconocidas" como tal y acusan al Gobierno de haber recurrido a "una justificación judicialmente no probada y, en algunos casos, abiertamente inventada de que eran miembros de ETA". Para los abertzales, debe constar una sentencia firme en ese sentido.

SE REMITE AL CONVENIO EUROPEO

   El Gobierno explica que "no se pretende enjuiciar presuntas responsabilidades penales, sino sólo reconocer o denegar unos derechos indemnizatorios" y, en ese sentido, se remite a que la ley española a este respecto se somete a los principios previstos en el Convenio sobre Indemnización a las Víctimas del Consejo de Europa, según el cual, "se podrá reducir o suprimir la indemnización si la víctima o el solicitante participa en la delincuencia organizada o pertenece a una organización que se dedica a perpetrar delitos violentos".

   En cualquier caso, el Ejecutivo recuerda que "contra las resoluciones denegatorias queda expedita la vía judicial que, en ningún caso, se ha negado a los interesados y a la que muchos de ellos ya han recurrido" por lo que niega que se haya producido una vulneración de la tutela judicial efectiva como denuncia Amaiur, que también critica que se ha hecho una aplicación retroactiva de la norma.

   Interior responde que el citado Convenio europeo "es de aplicación directa desde su entrada en vigor en el ordenamiento jurídico español el 1 de febrero de 2002".

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