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Sábado 02/11/2024
 

Galicia

Sada pide actuar al Estado para saber si los bienes de Meirás son de los Franco

El Estado no ejercitó en su demanda inicial una pretensión específica sobre los mismos, por lo que insta al Estado a actuar

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  • Entrega del pazo de Meirás. -

El Ayuntamiento de Sada insiste en que "es inadmisible" que la Audiencia de A Coruña considere que la totalidad de los bienes que alberga el Pazo de Meirás son de los Franco porque el Estado no ejercitó en su demanda inicial una pretensión específica sobre los mismos, por lo que insta al Estado a actuar para que los herederos del dictador no los puedan retirar.

Propone al Estado la interposición de un incidente de ejecución de sentencia para dilucidar la propiedad de los bienes muebles del Pazo, ya que la conclusión de la resolución de ayer de la Audiencia, en la que revoca el depósito del mobiliario en favor del Estado, "no se ajusta al contenido de la escritura de 1938 que la Audiencia conoce perfectamente".

En consecuencia, y con independencia de otras acciones judiciales que pueda ejercitar el Estado en relación con la propiedad de los bienes muebles, el Consistorio de Sada cree que "lo que procede ahora es que en fase de ejecución provisional de la sentencia se interponga incidente de ejecución en el que se resuelva sobre la cuestión decisiva, que es si la entrega del Pazo de Meirás al Estado incluye la de los bienes muebles de su interior".

Argumenta que el propio auto de ayer de la Audiencia de A Coruña ampara la interposición de este incidente, en aplicación del artículo 703.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ya que en la escritura de 1938 lo que se transmitió fue continente (inmueble) y contenido (todos los bienes muebles, excepto la biblioteca).

Sobre esta escritura, la Abogacía del Estado sostuvo en el juicio por la propiedad del inmueble que Franco no adquirió el Pazo de Meirás porque los posibles títulos de adquisición de 1938 y 1941 "son nulos, el primero por defecto de forma y el segundo por simulación absoluta", y que es la administración la que adquiere el bien por usucapión "por uso continuado para fin público".

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña, que condenó a los Franco a devolver el Pazo al Estado, declara en la sentencia la nulidad de la donación efectuada en 1938 de "la finca denominada Torres o Pazo de Meirás" al dictador por carecer del requisito esencial de forma, ya que el inmueble, argumenta, fue un regalo que se hizo en su momento al jefe del Estado y no a Francisco Franco a título personal.

Además, el Ayuntamiento de Sada reitera de nuevo de la Xunta el ejercicio de sus competencias en materia de Bien de Interés Cultural, dado que el Pazo "es, y sigue siendo, un bien integrante del Patrimonio Cultural de Galicia".

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