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Martes 26/11/2024
 

Granada

El Supremo admite el recurso de Vox contra su condena por unas primarias en Granada

La Audiencia de Granada sentenció a indemnizar a cada uno de los tres miembros que denunciaron una vulneración de derechos en un proceso electoral interno

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  • El edificio del Tribunal Supremo en una imagen de archivo -

El Tribunal Supremo ha admitido el recurso de Vox contra la sentencia de la Audiencia de Granada que confirmó la condena a este partido al pago de una indemnización a cada uno de los tres miembros de Granada que denunciaron una vulneración de derechos en un proceso electoral interno en esta provincia andaluza.

Según recoge un auto de la Sala de lo Civil del alto tribunal, al que ha tenido acceso EFE este lunes, se admiten los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal de Vox contra la sentencia de la Audiencia de Granada que confirmó de forma parcial un pronunciamiento anterior del Juzgado de Primera Instancia 6.

La Sala ha acordado además abrir un plazo de veinte días para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso y, una vez transcurrido dicho plazo, que se dé traslado de las actuaciones a la Fiscalía.

Los recursos han sido admitidos frente a la sentencia de la Audiencia granadina, a la que también tuvo acceso EFE, que estimó de forma parcial otro recurso (de apelación) de Vox, aunque revocó únicamente los pronunciamientos de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 6 de Granada referidos a la indemnización y costas.

Estas quedaron entonces sin efecto y se condenó al partido a indemnizar a cada uno de los demandantes con 6.000 euros, frente a los 24.000 iniciales.

El Juzgado de Primera Instancia 6 ya había considerado antes probado que Vox vulneró derechos fundamentales durante unas elecciones internas que tuvieron lugar en Granada, por lo que el partido impugnó todos los pronunciamientos de dicha sentencia por supuesto error en la valoración de la prueba.

La formación consideró que "en modo alguno" había quedado probado que existiera una manipulación y se refería a la "corrección" de toda la actividad desplegada por la formación en las elecciones internas celebradas para elegir al Comité Ejecutivo de Granada.

La sentencia consideró probado que Vox vulneró derechos fundamentales durante el proceso en Granada en el que Manuel Martín fue designado presidente, después de que tres de los afiliados denunciaran que el sistema informático que se activó para dicho proceso de primarias no funcionaba correctamente o planteaba dudas.

En el juicio declaró como testigo el dirigente nacional de Vox Javier Ortega Smith, quien aseguró que "no toleraría" que nadie se atreviera a interferir en un proceso electoral dentro del partido.

A raíz del último pronuncimiento del Supremo, el abogado de los tres demandantes, Antonio Estella, se ha mostrado "muy feliz" de que los plazos de admisión se hayan "acortado tanto" porque denota a su juicio que la justicia "funciona cuando se trata de temas de interés nacional".

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