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Martes 15/10/2024
 

Granada

Condenan a 3 años de cárcel a una auxiliar por mirar datos médicos de la pareja de su ex

Se hizo entonces pasar por ella para llamar a su centro de salud y saber si estaba o no embarazada, logrando así saber la semana de gestación

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  • El edificio del Tribunal Supremo en una imagen de archivo -

El Tribunal Supremo ha condenado a tres años de cárcel a una auxiliar administrativa contratada de manera eventual por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) que aprovechó su posición para consultar datos médicos de la pareja de su exmarido y se hizo pasar por ella para conocer que estaba embarazada y de cuánto. 

La sentencia de la Sala de lo Penal del alto tribunal, a la que ha tenido acceso EFE, ha desestimado el recurso interpuesto por la condenada, que también recurrió con el mismo resultado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el fallo condenatorio de la Audiencia de Granada. 

La procesada ha sido condenada como autora de un delito de descubrimiento y revelación de secretos por funcionario público por los cargos impuestos cuando, en el verano de 2015, fue contratada temporalmente para cubrir unas vacaciones como auxiliar administrativo en un centro dependiente del SAS. 

Como administrativo del SAS tenía entre sus funciones asignar o anular citas médicas a los usuarios en un ordenador con la base de datos Diraya, para lo que tenía las claves y contraseñas del trabajador al que sustituía. 

En ese trabajo, aprovechó sus competencias para acceder a los datos médicos y de salud de la pareja del que fue su marido, con quien mantenía una relación tormentosa.

En dos días diferentes del mes de agosto, la condenada revisó hasta en nueve ocasiones datos de la nueva pareja de su ex, lo que le permitió saber que había tenido dos citas en una consulta especialista de obstetricia. 

Se hizo entonces pasar por ella para llamar a su centro de salud y saber si estaba o no embarazada, logrando así saber la semana de gestación y la historia clínica de la pareja de su ex. 

La condena ahora confirmada impone además a la procesada el pago de una multa de 3.400 euros.

El Supremo ha desestimado el recurso de la condenada al interpretar que no ha aportado nada nuevo sobre las consideraciones ya resueltas y que la sentencia condenatoria es adecuada. 

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