Así lo ha acordado el magistrado de la Audiencia Nacional en un auto dictado ayer en el que transforma las diligencias previas en sumario ya que la pena que podrían conllevar los delitos que se investigan -revelación de secreto (castigado hasta con 3 años de cárcel) y colaboración con organización terrorista (penado hasta con 10 años de prisión)- superan el límite legal de 9 años establecido para que sea procedimiento abreviado.
Para el juez, el hecho de incoar sumario no significa que existan los delitos mencionados, sino que hay que analizar los indicios existentes de esa posible colaboración terrorista y revelación de secretos porque procesalmente no se pueden descartar.
Ruz ha adoptado esta decisión después de que el fiscal informara la semana pasada de que no es necesario realizar ninguna diligencia nueva después de analizar los 645 folios remitidos por Francia sobre este asunto, nueve de los cuales han sido declarados secretos y que están siendo estudiados aparte por el fiscal.
El juez considera que la declaración prestada por Elosua y de los agentes “no han sido lo suficientemente concluyentes en lo atinente al sistema de grabación que operaba sobre el bar Faisán” y por ello pide al equipo investigador que amplíe su informe sobre los hechos y que los concreten cronológica y geográficamente.
Reclama también a la Policía un informe sobre la existencia de cortes en la cinta VHS “que cubran, en su caso, el período temporal en que se fije la salida del bar del individuo que establece contacto con Joseba Elosua”, dueño del establecimiento e imputado en la causa general sobre la red de extorsión de ETA.
Asimismo, pide una certificación de la cadena de custodia seguida sobre esa cinta hasta que llegó al Juzgado y que se identifique a los funcionarios o terceros que la tuvieron bajo custodia, además de pedir a la Guardia Civil una nueva pericia sobre los cortes de la cinta.
Entre otros datos, el juez quiere saber la hora exacta en la que sale del bar Elosua.