No hay plazos formales para que se produzca el pleno de investidura, aunque éste suele producirse en algo más de dos meses desde la celebración de los comicios.
Al no haber plazos legales, la celebración de esta sesión queda en manos de la voluntad de los partidos, lo que han aprovechado para poder negociar los acuerdos de gobernabilidad de Euskadi, ya que siempre se han necesitado coaliciones.
La vez en la que más se retrasó la designación fue en 1995, ya que José Antonio Ardanza tuvo que esperar 129 días, más de cuatro meses, tras el cierre de las urnas.
En otra elección, como la de 1998, Juan José Ibarretxe tardó poco más de dos meses en ser votado por el Parlamento.
En 2001 Ibarretxe fue elegido en dos meses y un día. La última vez, en 2005, se mantuvo esta media, ya que la tercera investidura de Ibarretxe se produjo el 23 de junio de 2005, dos meses y seis días después de las elecciones del 17 de abril.
Donde se prevé una novedad es en la fórmula que utilizará Patxi López para asumir su cargo en la Casa de Juntas de Gernika, el jueves 7 de mayo, después de que la presidenta del Parlamento Vasco, Arantza Quiroga, comunique al Rey la designación para que don Juan Carlos proceda a su nombramiento.
Hasta ahora todos los lehendakaris han usado la fórmula que utilizó José Antonio Agirre el 7 de octubre de 1936: “Ante Dios humillado, en pie sobre la tierra vasca, en recuerdo de los antepasados, bajo el árbol de Gernika, ante vosotros, representantes del pueblo, juro desempeñar fielmente mi cargo”.
El futuro lehendakari socialista estudia suprimir de la fórmula la expresión “ante Dios humillado” y prometerá el cargo, en vez de jurarlo, sobre la Constitución y no como Ibarretxe sobre uno de los 252 ejemplares de la primera traducción de la Biblia al euskera, de 1865.
López también estudia prescindir del crucifijo que se coloca en la mesa juradera y que ha sido testigo durante siglos de las juras de los cargos del Señorío de Vizcaya.
Todos estos cambios no supondrían ninguna modificación formal, sino de usos, ya que ni la Ley de Gobierno ni el Reglamento del Parlamento Vasco establecen cuál debe ser la fórmula de juramento o promesa.
A finales de la legislatura pasada la Cámara de Vitoria aprobó una nueva ley de régimen interno en la que, por primera vez, se recogía que la toma de posesión del cargo del lehendakari se realizará en la Casa de Juntas de Gernika.