El tiempo en: Granada
Miércoles 30/10/2024
 

Ronda

El Plan del Casco Histórico será licitado de nuevo a causa de un recurso

El propio tribunal acordó de oficio la suspensión del contrato.

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
  • DELEGADOS -

El Ayuntamiento ha anunciado que se ha dado traslado a la Comisión de Seguimiento del Plan Especial del Conjunto Histórico, de la anulación del contrato de redacción de este documento.  

El concejal de Urbanismo Jesús Vázquez, ha relatado los hechos informando que el 26 de febrero, el Colegio de Arquitectos de Málaga presenta recurso administrativo especial contra el anuncio y pliegos que rigen el contrato de servicio consistente en los trabajos de redacción del Plan Especial del Conjunto Histórico de Ronda. Ante esta circunstancia, el servicio de Contratación del Ayuntamiento remite un informe al tribunal administrativo de recursos contractuales de la Junta de Andalucía justificando dichos informes en resoluciones del propio tribunal.  

El 21 de septiembre, se resuelve dicho recurso por el Tribunal Administrativo de recursos contractuales de la Junta de Andalucía anulando los pliegos y el anuncio de licitación, debiéndose convocar en su caso una nueva licitación. Vázquez ha añadido que el Colegio de Arquitectos de Málaga no solicitó la suspensión de la licitación, ni el propio tribunal acordó de oficio la suspensión del contrato por lo que el órgano de contratación continuó con la misma, adjudicándose a la empresa ‘García de los Reyes Arquitectos Asociados’.  


Desde que el Colegio de Arquitectos de Málaga pone el recurso, hasta la resolución del mismo, han pasado siete meses, cuando, ha firmado el edil, lo normal es que se resuelva en un mes, lo que hubiera posibilitado tener tiempo durante la fase de licitación, a subsanar las deficiencias detectadas. También cabe observar que, mediante escrito de 23 de junio de 2020 el Tribunal concedió un plazo de cinco días para que las entidades licitadoras, es decir, aquellos gabinetes que se habían presentado a la misma, formularan alegaciones, no habiéndose recibido ninguna en el plazo establecido.  

Con respecto a las deficiencias denunciadas por el colegio, se expone que hay una sobre valoración injustificada de la experiencia del equipo profesional y a su juicio se vulneran los principios de no discriminación e igualdad y libre competencia. Ante esto, el tribunal sostiene que la experiencia del personal de las entidades licitadoras si se puede tomar en consideración como criterio de adjudicación puesto que la experiencia se exige como criterio de valoración y no de solvencia por lo que no es excluyente a la hora de participar en la licitación.  

No obstante, ha manifestado el delegado, la resolución sí echa de menos una adecuada justificación de la experiencia exigida para su valoración como criterio de adjudicación, asegurando que es el carácter de especialización del documento el que lo justifica en sí mismo. De hecho, en el proceso de licitación todos los participantes obtuvieron la máxima puntuación y no interpusieron recurso, no favoreciendo ni perjudicando a nadie. A ello, añadir que los criterios de valoración, según el colegio, deben ir en el Pliego de Clausulas Administrativas Particulares (PCAP) y se ha repetido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Desde los servicios técnicos se contempla que no tiene incidencia sobre la licitación y que no se perjudica a nadie.  

Ante las circunstancias del procedimiento, ha explicado Vázquez, se plantean dos alternativas. Por un lado, seguir adelante con el mismo presentando un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales Central, algo avalado por lo servicios técnicos municipales que estiman que hay criterios y sentencias que lo avalarían, lo cual implicaría, ha señalado, un horizonte de entre tres o cuatro años hasta que haya una resolución por parte de este tribunal, implicando una pérdida de tiempo en la tramitación del plan y una grave alteración de los intereses generales del Ayuntamiento de Ronda.  

La segunda opción es llevar a efecto la anulación del contrato con el gabinete ‘García de los Reyes’, e iniciar una nueva licitación a partir de los trabajos ya realizados, puesto que, afirma el concejal, son prioridad del Ayuntamiento, por lo que se habla de una mayor seguridad jurídica y un acortamiento de plazos para poder iniciar de nuevo el procedimiento desde el punto de partida indicado. Todo ello redundaría en una mayor agilidad en los plazos para poder reanudar lo antes posible los trabajos deduciendo en esta nueva licitación los gastos ya realizados.  

Por todo ello, y una vez contrastados con los servicios jurídicos y de contratación se ha decidido llevar a cabo la segunda de las opciones en orden de una mayor seguridad jurídica y de salvaguardar los intereses generales del Ayuntamiento de Ronda.  

 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN