La
Ley de Segunda Oportunidad fue aprobada en el año 2015 y se ha convertido en un
salvavidas para particulares, autónomos y pequeños empresarios con un perfil muy variado y que afrontan
situaciones casi extremas por acumulación de créditos, mala gestión, desconocimiento de las cláusulas abusivas de algunas entidades e imposibilidad de llegar a un acuerdo con bancos y con empresas de créditos al consumo. Las deudas ahogan pero la Ley permite
sacar del pozo a muchos que, por causas de enfermedad, por razones familiares o por quiebras de negocio, pueden tener una segunda oportunidad
La norma ofrece una herramienta judicial clave a
cualquier persona física o autónoma puede plantear su propio concurso de acreedores y que un juzgado le conceda el llamado
Beneficio de Exoneración Pasivo Insatisfecho, el BEPI, cancelándole la deuda. Pero hay que cumplir unos
requisitos, que haya habido un
intento de negociación previa para afrontar las deudas,
poner los bienes a disposición del proceso para una posible liquidación, y ser
deudor de buena fe, que no se oculten ni bienes ni ingresos, aunque ha habido modificaciones a lo largo de estos años y
ya no se exige que la
deuda sea inferior a 5 millones.
“No paga porque no puede, no porque no quiere”, apuntan desde el despacho Repara tu Deuda Abogados, especializado en este tipo de procedimientos. No es el único que existe centrado en este tipo de reclamaciones pero sólo un vistazo a los últimos casos con sentencia firme de este despacho evidencia el perfil de los que se han beneficiado de esta ley, muchos de ellos vinculados a
enfermedades o situaciones familiares de gravedad.
A la justicia tuvo que acudir una
mujer que se declaró insolvente tras deber
62.000 euros tras asumir diversos préstamos para ayudar a su familia y
cuidar tanto a su hermana como a su padre, que sufrían graves enfermedades, por lo que “vivió una clara inestabilidad laboral que poco a poco dificultó el pago de los préstamos contraídos”. Fue el Juzgado de lo Mercantil 2 de Sevilla el que la exoneró del pago de su deuda.
Otra
sevillana se endeudó hasta la insolvencia al tener que
ayudar a su madre, que tenía a cargo a su
hermano menor de edad y no podía afrontar los gastos de la vida diaria como el pago del alquiler, suministros y alimentación, por lo que “
se hizo cargo de la situación solicitando varios préstamos para poder ayudar así a su familia”. Posteriormente, debido a
fuertes dolores de espalda que padecía y que le impedían seguir con su vida laboral,
se operó y necesitó financiación para llevarla a cabo en una clínica privada ya que la
sanidad pública no la cubría. Fue el Juzgado de Instrucción 1 de Sevilla el que la exoneró de sus deudas: 25.000 euros.
Un
divorcio fue el origen de otra sevillana que consiguió que le exoneraran el pago de
19.000 euros, en este caso el Juzgado de Instrucción 11. “Después de divorciarse, se quedó ella sola con el negocio. Sin embargo, no fue capaz de hacer frente a los pagos a pesar de los créditos solicitados. Recuperó la esperanza gracias a la Ley de Segunda Oportunidad”, aseguran desde el despacho de abogados.
El último caso que han comunicado es el de un
sevillano sobreendeudado tras la
crisis económica de 2008 y hasta 2023 no ha podido saldar sus deudas, tras exonerarle el Juzgado de Primera Instancia de 1 Sevilla los
53.000 euros que le reclamaban.
Otras sentencias, en este caso del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección Primera), exoneran deudas por un volumen mayor,
119.000 euros. En este caso era un
empresario cuya insolvencia se originó a partir de un
primer crédito, de más de 70.000 euros, para iniciar un
negocio junto con otros tres socios. “Al principio iba bien y generaba los ingresos suficientes para abonar las cuotas del préstamo. No obstante,
a los dos años tuvieron que cerrar el negocio porque se generaban más pérdidas que ganancias. Debido a que no logró hacer frente a las cuotas hipotecarias,
perdió su vivienda en favor del banco y le quedó un gran remanente”, saldado gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.
Procedimiento judicial
El procedimiento judicial suele durar una media de
18 meses y durante este tipo de procesos, tras declararse el concurso, hay una
fase de liquidación en la que se ponen en venta los bienes que se posean para repartir entre los acreedores aunque hay bienes que son
excluidos de esa liquidación, ya sea si se demuestra que el
vehículo es necesario para que un autónomo siga trabajando o si la
vivienda habitual es en la que se está empadronado y se está
al corriente de la hipoteca, por ejemplo.
La Ley de Segunda Oportunidad es de gran utilidad a la hora de
hacer frente a cambios de situaciones que impiden afrontar las deudas, porque el perfil es muy amplio y va desde el que ha tenido
problemas de salud al que debe afrontar las consecuencias económicas de un
divorcio, los que
avalan a familiares que dejan de pagar o los
autónomos, que en muchas ocasiones abandonan la actividad pero a los que derivan las deudas pese a que ya no tienen actividad.