La organización WWF considera una "buena noticia" que el Tribunal Supremo haya acogido sus argumentos y estime que el dragado del Guadalquivir que pretende llevar acabo el puerto de Sevilla "no es una medida de restauración y recuperación hidrológica".
En declaraciones a Efe, Juan José Carmona, responsable de la Oficina Técnica de Doñana de WWF, se ha referido la sentencia del TS, conocida hoy, que estima parcialmente el recurso presentado por esta organización contra el decreto que aprobó el Plan Hidrológico del Guadalquivir, y también declara la nulidad de la calificación de dicha obra de dragado como "medida complementaria".
Carmona ha indicado que su petición no era "baladí" ya que "se sustenta en las consideraciones científicas del grupo de expertos que alertan del peligro que el dragado tiene para el Guadalquivir no puede ser considerado como una medida complementaria".
A la espera de leer la sentencia con detenimiento, desde WWF se considera "una buena noticia" que el Tribunal Supremo "haya acogido sus argumentos con respecto a este asunto y entienda que el dragado no puede ser una medida de restauración hidrológica y anule esa parte del Plan Hidrológico".
Ante este pronunciamiento judicial, ha indicado Carmona, "queda acreditado que lo que tiene que hacer el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de una vez por todas, es retirar el proyecto de dragado que supone un nulo beneficio para el río y poner en marcha en colaboración con la Junta de Andalucía las medidas urgentes necesarias para llevar a cabo una restauración efectiva".
El Supremo, en su sentencia, se basa en la Directiva Marco de Agua y en el Reglamento de Planificación Hidrológica para concluir que no se han explicado o justificado, de forma "especifica" en el plan, los motivos por los que se realiza esa obra.
Considera que el dragado ocasionará modificaciones o alteraciones de las masas de agua, con el consiguiente deterioro y su repercusión sobre uno de los enclaves más protegidos de Europa, el Parque Nacional de Doñana, por tanto, la explicación que se impone cuando se prevén actuaciones que empeoran el estado de las masas de agua, no puede hacerse con posterioridad al plan.