El tiempo en: Granada
Miércoles 20/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Le piden 3 años de cárcel por cambiar de ciudad a su hija sin permiso

La Fiscalía de Sevilla pide tres años de cárcel para un hombre por un delito de sustracción de menores tras llevarse sin permiso a su hija a Barcelona

Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai

La Fiscalía de Sevilla pide tres años de cárcel para un hombre por un delito de sustracción de menores que habría cometido cuando se llevó a su hija de 8 años desde Sevilla a Barcelona durante seis meses y 22 días sin permiso judicial ni de la madre, de la que estaba divorciado.

Tras la acusación de la Fiscalía, el juzgado de primera instancia e instrucción 2 de Dos Hermanas (Sevilla) ha dictado un auto de apertura de juicio oral contra el acusado, David R.B.

En su resolución, a la que ha tenido acceso Efe, el juzgado explica que el juicio oral se celebrará en un juzgado de lo penal aún por determinar y le impone al acusado una fianza de 2.000 euros.

La Fiscalía, además de la pena de cárcel, solicita cinco años de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a patria potestad.

En su escrito de acusación, la Fiscalía afirma que el acusado tenía derecho a que su hija estuviera con él durante la mitad de sus vacaciones escolares.

Por ese motivo, la menor se fue con su padre el 24 de junio de 2015 con la obligación de devolverla el 3 de agosto.

Sin embargo, el padre no la devolvió y, además, el 31 de julio denunció judicialmente a su exmujer por malos tratos a la menor, lo que rechazó el juzgado que investigó el caso y confirmó la Audiencia de Sevilla, recuerda el Ministerio Público.

Finalmente, la madre de la menor se personó en el colegio de la menor de Barcelona el 25 de febrero de 2016, cuando pudo llevarse a su hija hasta su domicilio de Dos Hermanas con ayuda policial.

En el auto de procesamiento, el juzgado afirma que el acusado contravino el convenio regulador aprobado judicialmente en la sentencia de divorcio de 15 de febrero de 2010.

El acusado, que es el "progenitor no custodio", retuvo a la menor, consumó su cambio de residencia habitual de la de su madre a la suya y la matriculó en un colegio de Barcelona "sin autorización materna ni judicial", según la resolución judicial.

"Esta situación de retención ilícita se prolongó hasta el 25 de febrero de 2016, día en que la madre custodia se personó en el colegio en el que se encontraba la menor y, con ayuda de los Mossos d'Esquadra, recuperó a la menor y la llevó consigo", explica el auto.

El delito de sustracción de menores está penado con entre dos y cuatro años de cárcel e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad entre cuatro a diez años, según recoge el artículo 225 bis del Código Penal.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN