El tiempo en: Granada
Viernes 08/11/2024
 

Sevilla

Piden de Magrudis los seguros de responsabilidad civil desde 2015

La plataforma de afectados por listeriosis pide al juzgado que la mercantil aporte los seguros de responsabilidad civil que haya tenido en vigor desde esa fecha

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Nave de Magrudis. -

La plataforma de afectados por la listeriosis, creada por el bufete Ateneo Abogados, ha presentado un escrito a la titular del Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez, que investiga la causa por el brote de listeria producido el pasado verano relacionado con el consumo de productos de la empresa Magrudis, en el que solicita que la mercantil aporte los seguros de responsabilidad civil que haya tenido en vigor desde el alta en el registro sanitario autonómico en el año 2015 a la actualidad, unos seguros que "deben tener las sociedades limitadas que se dedican a la elaboración y distribución de alimentos".

Según reza en el escrito, formulado por el letrado de la plafaforma, Germán Grima, al que ha tenido acceso Europa Press, el objetivo es saber si la empresa desde que se da de alta en 2015 en el registro sanitario autonómico, perteneciente a la Junta de Andalucía, y desde que la Consejería de Salud se lo notifica al Ayuntamiento de Sevilla, ha tenido seguro de responsabilidad civil en vigor.

Esta parte tiene conocimiento de que el Consistorio, desde que conoció que Magrudis estaba de alta en el registro sanitario autonómico, realizó dos inspecciones en sus instalaciones en noviembre de 2016 y en julio de 2017.

Cabe recordar que en estas inspecciones no detectaron que no tenía licencia de actividad pero lo que no está recogido en el procedimiento es "si la mercantil había estado operando o no estos años con seguro de responsabilidad civil en vigor".

Esta plataforma de afectados ha interpuesto querella contra la empresa y como responsables civiles subsidiarios contra el Ayuntamiento y la Junta, y sostiene que, dentro del amplio espectro del alcance de las responsabilidades civiles, "el relativo al de 'la culpa in vigilando' es el que puedan tener las dos administraciones".

"Si no se comprobó si tenía licencia de actividad, entendemos que no se haya comprobado y corroborado si Magrudis ha tenido seguro en vigor estos años", han remarcado en el escrito. Por todo ello, solicitan al juzgado que corrobore si esta sociedad mercantil desde 2015 a 2018 ha tenido las pólizas de seguros de responsabilidad civil que "deben tener las sociedades limitadas que se dedican a la elaboración y distribución de alimentos".

Desde Ateneo Abogados han confirmado que, según sigue avanzando la instrucción del procedimiento, van constatando de que las administraciones "no han actuado con el rigor y la vigilancia que se debe de llevar a cabo".

NUEVAS DECLARACIONES EL 17 DE SEPTIEMBRE

Por su parte, la juez que investiga el brote de listeriosis de Magrudis ha citado a declarar el próximo 17 de diciembre, a las 10,00 horas, a otros cuatro investigados.

Se trata del asesor financiero de la empresa, los dos administradores solidarios de una empresa comercial, que distribuía la marca blanca de la carne mechada que fabricaba Magrudis, y el arquitecto que presentó la declaración responsable de inicio de la actividad.

Por su parte, el gerente y 'administrador de hecho' de Magrudis, José Antonio Marín Ponce, y su hijo mayor, Sandro José Marín Rodríguez, propietario y administrador único de la empresa cárnica, dos de los investigados en esta causa, siguen en prisión después de que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla rechazara hace unas semanas los recursos de apelación presentados por sus defensa contra el auto de 15 de octubre por el que la juez de Instrucción número 10 ratificó la situación de prisión provisional de ambos.

La defensa de ambos investigados, en prisión desde el 26 de septiembre pasado, recurrió alegando que la decisión adoptada por la juez instructora no cumple los requisitos y finalidades que podrían justificar su imposición y, además, carece de motivación suficiente, unos argumentos que fueron rechazados por la Sección Tercera de la Audiencia en dos autos distintos.

La Audiencia considera que, en este caso, "la naturaleza y gravedad de los hechos, la pena con que están castigados y la alarma social creada, aconsejan mantener la actual situación de prisión provisional para evitar el riesgo de que pueda eludir la acción de la justicia que se desprende de la variedad de los delitos presuntamente cometidos y del horizonte penitenciario que puede vislumbrar por su participación en su ejecución".

 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN