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Viernes 01/11/2024
 

Sevilla

La AN deniega el permiso al jefe de una banda internacional de narcos por "manipulador"

Encarcelado en Sevilla. La Audiencia Nacional no confía en él tras comprobar que sus "dotes manipuladoras" y "actitudes prepotentes" en su módulo

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  • La prisión de Sevilla II, en Morón. -

La Audiencia Nacional ha denegado un permiso de salida al jefe de una banda internacional de narcotráfico encarcelado en Sevilla, donde cumple una pena de trece años y medio, porque no confía en él tras comprobar que sus "dotes manipuladoras" y "actitudes prepotentes" provocan "mal ambiente" en su módulo.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, la Sección Primera de la Sala de lo Penal desestima el recurso de apelación presentado por el preso contra la decisión adoptada el pasado 9 de junio por el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, que rechazó su queja frente al acuerdo de la Junta de Tratamiento de la prisión Sevilla II de denegarle un permiso ordinario el 26 de diciembre de 2019.



Su abogado impugnó la resolución invocando que la gravedad del delito y la pena o su condición de extranjero en situación irregular "no bastan" para justificar el rechazo al permiso.

También argumentó que el interno tiene "arraigo y apoyo familiar" en España, que cumple su primera condena y que presenta "una buena trayectoria penitenciaria" porque "ha participado en cuantas actividades, cursos, programas y destinos le han propuesto" en las cárceles donde ha estado, lo que le permitió obtener "numerosas notas meritorias".

La Audiencia replica que esos requisitos "no son suficientes" y que "no han de darse otras circunstancias", teniendo en cuenta que estos permisos "constituyen una vía fácil de eludir" la prisión.

El preso está encarcelado por un delito contra la salud pública por tráfico de cocaína en cantidad de notoria importancia que cometió como jefe de "una organización delictiva de carácter internacional", unos hechos "de extrema gravedad por simulación de operaciones de comercio internacional".

Condenado en 2014, extinguió la cuarta parte de la pena en septiembre de 2017, extinguirá la mitad en febrero de 2021, las tres cuartas partes en junio de 2024 y el total el 3 de noviembre de 2027.

La Junta de Tratamiento consideró "prematura y desaconsejable" la concesión del permiso y lo denegó basándose en la lejanía del cumplimiento de las tres cuartas partes de la pena, su condición de extranjero en situación irregular y la "falta objetiva de suficientes garantías" de que iba a hacer "buen uso del permiso".

La Audiencia, además, destaca los informes carcelarios sobre "las actitudes" del narcotraficante, que lo describen como "un interno con dotes manipuladoras que se cree con el derecho a tomar iniciativas sobre el módulo que no le corresponden".

El auto relata que el condenado está en un colectivo "especialmente vulnerable" formado por personas de avanzada edad, enfermos mentales o trasladados por sobredosis y él, por su "capacidad intelectual", está "muy por encima de la media", lo que lo lleva a "actuar sobre otras personas tomándose prerrogativas que lesionan su sensibilidad".

La ponente resalta el episodio ocurrido cuando, "delante de todos los demás", le dijo a un interno árabe y diabético que había sufrido un infarto que "era una persona sucia y que se lavase".

"Este tipo de actitudes prepotentes y carentes de empatía y respeto vulneran sentimientos de autoestima y generan mal ambiente dentro del módulo", por lo que el preso necesita profundizar en su tratamiento, "en la percepción del daño causado por el delito y en el rechazo a la actividad delictiva", razona la Audiencia Nacional, que añade que la condena está en su fase inicial y el "efecto intimidatorio" aún es "escaso". 

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