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Sábado 02/11/2024
 

Jaén

La Diputación, condenada también a pagar parte de la extra de Navidad de 2012 a su personal laboral

Estimadas seis demandas de conflictos colectivos interpuestas por UGT

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El Juzgado de lo Social número cuatro de Jaén ha condenado a la Diputación provincial, gobernada por Francisco Reyes (PSOE), a abonar a su personal laboral parte de la paga extraordinaria de Navidad de 2012, suprimida en virtud del Real Decreto ley 20/2012 del Gobierno central de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que entró en vigor el 15 de julio del pasado año.

   De esta manera, la justicia falla en el mismo sentido a como lo ha hecho recientemente contra los ayuntamientos de Jaén, Martos, Linares, Úbeda y Bailén en respuesta a demandas interpuestas por conflictos colectivos por UGT. 

   En concreto, la sentencia, consultada por Europa Press, fechada este pasado 30 de julio y recurrible ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), obliga a abonar la "parte proporcional" de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 devengada entre el 1 de junio y el 14 de julio, fecha previa a la entrada en vigor el pasado año de dicho decreto.


   Para justificar su fallo, el juez que rubrica la sentencia se apoya en el Tribunal Supremo (TS) para recordar que las pagas extraordinarias son "salario diferido devengado día a día cuyo vencimiento tiene lugar, salvo pacto en caso contrario, en festividades o épocas señaladas", y en el caso concreto de la extra de Navidad, ésta se devenga entre el 1 de junio y el 30 de noviembre.

   De esta manera, cuando entró en vigor el referido Decreto ley 20/2012, el 15 de julio del pasado año, ya "se había devengado la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre correspondiente al periodo del 1 de junio al 14 de julio de 2012".

   En su razonamiento, el juez de lo Social de Jaén se alinea con una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que sostiene que la norma del Gobierno estatal suprime "la paga extra no devengada", quedando así al margen la que ya se había generado en los 44 días anteriores a la entrada en vigor del decreto, cantidad que los trabajadores tienen así "derecho" a percibir, según concluye el magistrado.


VALORACIÓN DE UGT

   Tras conocer el fallo de esta sentencia, la Federación de Servicios Públicos (FSP) de UGT-Jaén ha difundido una circular, fechada este mismo martes, entre sus secciones sindicales, delegados y afiliados, en la que recuerda que éste se une a los ya emitidos en el mismo sentido contra los ayuntamientos de Jaén, Martos, Linares, Úbeda y Bailén, lo que, en opinión de la organización, "evidencia que la acción jurídica emprendida por la Federación Provincial es la correcta".

   Por eso, el sindicato, a través de su secretario de Administración Local, Antonio Gil, aboga por "convocar mesas de negociación para exponer a los responsables políticos de cada ayuntamiento las citadas sentencias con el objeto de poder aplicar y retribuir en base a los argumentos de los magistrados los 44 días ya devengados y no retribuidos de la referida parte proporcional de la paga extra de diciembre de 2012".

   "En el caso de que la negociación no sea posible", apunta Gil en el citado documento, consultado por Europa Press, UGT plantea la posibilidad de "plantear conflictos colectivos" como los iniciados en las administraciones ya condenadas en el resto de ayuntamientos de la provincia "antes de diciembre del presente año". 

   Además, el representante sindical anuncia que "es el momento de iniciar" las reclamaciones por la supresión de la paga extra a los funcionarios, ya que las sentencias aludidas atañen sólo al personal laboral.

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